Coverturas fuera de España |
Normalmente la cobertura de suscripción obligatoria es válida en los países europeos. En lo que se refiere al seguro obligatorio del coche de Responsabilidad Civil, hay un conjunto de países (alrededor de 30) que están acogidos al Convenio Multilateral de Garantía y que, por tanto, en el caso de viajar a uno de ellos no será necesario ningún documento adicional para estar cubiertos por la póliza.
Algo distinto ocurre con los países pertenecientes al convenio Inter-Bureaux, es decir, lo conocido como convenio de "Carta Verde". Para poder circular por estos países, entre los que se encuentran Albania, Bosnia- Herzegovina, Bulgaria, Marruecos, Rumanía o Turquía, no bastará con llevar el justificante del pago de la póliza, sino que será necesario contar con el Certificado Internacional de Seguro (Carta Verde). El límite de cobertura de la carta, que se solicita a la compañía aseguradora, es el equivalente al seguro obligatorio en España.
El seguro del coche (desde uno a terceros básico hasta uno a todo riesgo sin franquicia) cubre los daños ocasionados a un tercero en cualquiera de los países adheridos al Convenio Multilateral de Garantía o Certificado Internacional de Seguro (Carta Verde).
Del mismo modo que la legislación española exige tener contratado, como mínimo, un seguro de coche que cubra la responsabilidad civil obligatoria para circular dentro del territorio español, para conducir dentro de la UE la normativa vigente también contempla esa obligación. Como decimos, esta cobertura de suscripción obligatoria es válida en los países europeos.
Via - cochepasion.net
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